De acuerdo con la Norma de la Diputación Foral de Vizcaya 6/2021, de 13 de diciembre, por la que se aprueban medidas para el impulso de la reactivación económica, para la incentivación de la aplicación voluntaria del sistema Batuz y otras modificaciones tributarias las personas físicas, las microempresas y las pequeñas y medianas empresas que opten por la aplicación voluntaria del sistema Batuz gozarán de una compensación en sus declaraciones del IRPF y del Impuesto de Sociedades de los periodos 2022 y/o 2023. También gozarán de esta compensación las entidades parcialmente exentas del Impuesto de Sociedades, las entidades sin fines lucrativos acogidas a la Norma Foral 4/2019, de 20 de marzo, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, y las cooperativas de reducida dimensión que tengan la consideración de microempresas o de PYMES.
Batuz será obligatorio para los periodos del IRPF, del Impuesto de Sociedades y del IRNR que se inicien a partir de 1 de enero de 2024.